Nuestro compromiso con usted
Nuestro objetivo es brindar atención médica médica de alta calidad y tratamientos médicos avanzados. También prometemos escucharlo, tratarlo con respeto y comprender sus necesidades individuales. Los miembros tienen derechos y responsabilidades. A continuación, se incluye una descripción de sus derechos y responsabilidades.
Derechos de los miembro :
- Tiene derecho a presentar una queja ante nosotros sobre Banner – University Family Atención médica/ALTCS (B – UFC/ALTCS) y/o la atención médica brindada.
- Usted tiene derecho a solicitar información sobre la estructura y funcionamiento de B – UFC/ALTCS o sus subcontratistas.
- Usted tiene derecho a recibir información sobre los servicios de B – UFC/ALTCS, los proveedores de atención médica médica, la admisión, la transferencia, el alta, las políticas de facturación y los derechos y responsabilidades de los miembros.
- Usted tiene derecho a ser tratado de manera justa independientemente de su raza, etnia, origen nacional, religión, género, edad, condición de salud comportamental (intelectual) o discapacidad física, preferencia sexual, información genética o capacidad de pago.
- Se le puede informar sobre los Planes de Incentivos Médico, doctor que afectan los servicios de referencia médica .
- Tiene derecho a saber que B – UFC/ALTCS está obligado a participar en un programa de seguro de stop loss.
- Se le puede informar los tipos de planes que utiliza B-UFC/ALTCS para la compensación.
- Puede obtener un resumen de los resultados de la encuesta de miembro .
- Recibirá atención médica que satisfaga sus necesidades de una manera que no juez la raza, el género, las creencias religiosas, los valores, el idioma, lo que una persona puede hacer, la edad, la discapacidad física o mental o la capacidad de pago.
- B – UFC/ALTCS y sus proveedores participando protegerán la confidencialidad de su información según lo exige la ley estatal y federal. Esto incluye su juego de archivos específicos de B – UFC/ALTCS y sus registros médicos (de atención médica) mantenidos por su(s) proveedor(es). Juego de archivos específicos de B – UFC/ALTCS: La ley establece que usted tiene derecho a leer u obtener copias de su historial de reclamación médicos, historial de reclamación de farmacia , documentos de quejas y apelaciones, y sus registros de llamadas telefónicas de B – UFC/ALTCS sin costo para usted de B – UFC/ALTCS. Para obtener esos registros, B – UFC/ALTCS debe tener la solicitud por escrito. Puede realizar esta solicitud llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente o preguntando a su Administrador de Casos de B – UFC/ALTCS. Se le enviará un formulario de autorización para completar y lo devolverá al Equipo de cumplimiento con una copia de una identificación con foto para que podamos asegurarnos de que solo le enviemos sus registros a usted o a alguien a quien usted permita obtener sus registros, o comprobación del Administrador de Casos de B – UFC/ALTCS para usted o su representante autorizado. Puede recibir sus registros en formato impreso o por correo electrónico (encriptado o no) si lo prefiere. Existe cierto nivel de riesgo de que un entidad pueda obtener su Información de Salud Protegida (PHI, por sus siglas en inglés) sin su consentimiento cuando los medios electrónicos o el correo electrónico no están encriptados. No somos responsables del acceso no sin autorización a medios o correos electrónicos no encriptados ni de ningún riesgo (por ejemplo, virus) que pueda introducirse en su computadora o dispositivo al recibir PHI en formato electrónico o correo electrónico.
- La coordinación de la atención médica con las escuelas y las agencias estatales puede ocurrir dentro de los límites de las regulaciones si es pertinente .
- Tiene derecho a una segunda opinión de un profesional de la atención médica calificado dentro de la red de B – UFC/ALTCS. Si no hay una segunda opinión disponible En la red , tiene derecho a que se organice una segunda opinión fuera de la red de B – UFC/ALTCS sin costo alguno para usted.
- Puede recibir información sobre las opciones y alternativas de tratamiento disponibles de una manera que sea apropiada para su condición y sea fácil de entender.
- Usted puede hacer Directrices por Adelantado y designar a alguien para que tome decisiones de atención médica médica por usted. Usted o su representante pueden cambiar sus Directrices por Adelantado en cualquier momento. Usted tiene derecho a recibir información sobre cómo formular Directrices por Adelantado (B – UFC/ALTCS debe garantizar la participación de usted o su representante en las decisiones de retener servicios de reanimación o renunciar o retirar el tratamiento de soporte vital dentro de los requisitos de la ley federal y estatal con respecto a las Directrices por Adelantado [42 CFR 438.6]). Para los miembros en un HCBS o un entorno residencial de salud comportamental que hayan completado una directiva anticipada, el documento debe mantenerse confidencial pero estar disponible de inmediato. Por ejemplo: en un sobre sellado pegado al refrigerador.
- REGISTROS DE ATENCIÓN MÉDICA MÉDICA: La ley establece que usted tiene derecho a leer, o solicitar anualmente y obtener una copia de sus registros de atención médica médica sin costo para usted (de cualquier proveedor que le brinde atención médica ). Comuníquese con su proveedor para solicitar ver u obtener una copia de su registro médico. Recibirá una respuesta a su solicitud dentro de los 30 días. Sin embargo, su derecho a acceder a los registros de atención médica médica puede ser denegado si la información son notas de psicoterapia, compiladas para, o en una anticipación razonable de una acción civil, penal o Administrativo , información de salud protegida sujeta a las Enmiendas Federales de Mejora de Laboratorio Clínicos de 1988 o exento de conformidad con 42 CFR 493.3(a)(2), o un profesional de atención médica médica autorizado ha determinado que recibir o acceder a sus registros probablemente pondría en peligro la vida o seguridad de usted o de otra persona. Si se le niega el acceso por algunas de estas razones, tiene derecho a que se revise la denegación. Los proveedores deben permitirle revisión sus registros leyéndolos en el consultorio del proveedor o entregándole una copia o ambas cosas. Si su proveedor no le proporciona los registros o no responde a su solicitud dentro de los 30 días, comuníquese con el Centro de Atención al Cliente de B – UFC/ALTCS al (833) 318-4146 para obtener ayuda.
- B – UFC/ALTCS debe responder a su solicitud de expedientes médicos a más tardar treinta (30) días después de recibir su solicitud. Si B – UFC/ALTCS no puede hacer algo dentro de los treinta (30) días, B – UFC/ALTCS puede demorar 30 días adicionales. B – UFC/ALTCS le informará el motivo de la demora, retraso y la fecha en que se completará la solicitud. Esta respuesta será una copia de sus registros en la forma en que solicitó, un permiso para ver sus registros en el sitio o un motivo para denegar su solicitud. Si se deniega una solicitud, en su totalidad o en parte, B – UFC/ALTCS debe brindarle un motivo para la denegación y sus derechos a una revisión de la denegación de acceso.
- Tiene derecho a solicitar a cualquier proveedor que le brinde atención médica que modifique o corrija sus registros atención médica que se encuentran en poder de su proveedor de atención médica. Puede iniciar esta solicitud llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente y se le solicitará que envíe su respuesta por escrito.
- Usted tiene derecho a estar libre de cualquier forma de restricción o aislamiento utilizada como medio de coerción, disciplina, conveniencia o represalia.
- Usted tiene derecho a la información necesaria para ayudarle a tomar decisiones informadas.
- Tiene derecho a recibir información sobre los beneficiario y el plan.
- Tiene derecho a participar en las decisiones sobre su tratamiento. Tiene derecho a ayudar en la toma de decisiones sobre su atención médica médica y las Directrices por Adelantado (decisiones sobre el tipo de atención médica que le gustaría recibir si no puede tomar decisiones médicas). Esto incluye el derecho a rechazar el tratamiento.
- Se le tratará con respeto y con la debida consideración por su dignidad y privacidad. Comprendemos su necesidad de privacidad y confidencialidad, incluida la protección de cualquier información que lo identifique.
- Tiene derecho a tener una lista de proveedores disponibles, incluidos aquellos que hablan un idioma distinto del Spanish y acceso a un intérprete de lenguaje de señas para personas con discapacidad auditiva.
- Tiene derecho a recibir servicios de interpretación de idiomas de un proveedor que hable su idioma primario , si no es Spanish.
- Tienes derecho a recibir materiales escritos en formatos alternativos.
- Usted tiene derecho a buscar servicio de emergencia en cualquier hospital u otra centro médico de sala de emergencias (dentro o ruera de la red).
- Será tratado en un ambiente seguro, de apoyo y libre de humo.
- Usted tiene derecho a elegir su PCP dentro de la red B – UFC/ALTCS.
- Usted tiene derecho a recibir ayuda en la toma de decisiones sobre su atención médica médica y en las Directrices por Adelantado (decisiones sobre qué tipo de atención médica le gustaría recibir si no puede tomar decisiones médicas).
- Usted o alguien que lo represente puede participar en la resolución de problemas relacionados con sus decisiones de atención médica médica.
- Usted tiene derecho a involucrar a miembros de su familia u otras personas que usted elija para que le ayuden a tomar decisiones sobre sus planes de tratamiento.
- Tiene derecho a solicitar una copia del Aviso de Prácticas de Privacidad sin costo alguno. El aviso describe las Prácticas de Privacidad de B – UFC/ALTCS y cómo utilizamos su información médica y cuándo podemos compartir esa información médica con otros.
- Usted tiene derecho a solicitar los criterios en que se basan las decisiones.
- Los miembros Indígena Americano pueden recibir servicios de atención médica médica de cualquier proveedor de Servicios de Salud Indígena Americana o de centro médico de propiedad y/o operación tribal en cualquier momento.
- El miembro tiene derecho a ejercer sus derechos y el ejercicio de esos derechos no afectará negativamente la distribución de servicios al miembro [42 CFR 438.100(c)].
- El miembro tiene derecho a recibir servicios críticos. Esto incluye cuidado por ayudante, atención médica personal, ama de casa y relevo según lo autorizado por el Administrador de Casos. Una brecha en los servicios críticos ocurre cuando una agencia autorizado para brindar la atención médica no puede brindar la totalidad de los servicios programados. Cuando un cuidador cancela, no se presenta a la hora programada o tiene que irse temprano, debe comunicarse de inmediato con la agencia que programó al cuidador. Ellos pueden ofrecerle otro cuidador para brindar la atención médica. Si no desea otro cuidador el mismo día, es importante notificar a la agencia directamente. Tiene derecho a un cuidador de reemplazo dentro de las 2 horas. Si la brecha no se resuelve, debe comunicarse con su Administrador de Casos para obtener ayuda. En caso de que la brecha ocurra fuera del horario laboral en días festivos o fines de semana, llame al número fuera del horario laboral al (833) 318-4146. Si es necesario, también puede presentar una quejas llamando a nuestro Centro de Atención al Cliente . Si necesita más ayuda para resolver una brecha en un servicio crítico, puede llamar a AHCCCS al (800) 218-7509.